donaciones

El Economista:  ¿Cuáles son los pasos?

La integrante de la Comisión Fiscal 2 explicó que en primera instancia es de suma importancia entender que estos donativos están fundamentados en un plan de ayuda.

“Entonces, si eres persona física o moral, lo primero que tiene que ver es a quién le va a otorgar el donativo; es decir, la propia ley nos indica que estos donativos para que usted pueda tomar la deducción tienen que realizarse a la federación, a entidades federativas o municipios, sus organismos descentralizados que sean contribuyentes del título III de la LISR, también puede ser a organismos internacionales a los que México sea miembro y siempre para que los fines de dichas entidades fueron creadas para que correspondan a actividades de las que se pueda obtener una autorización para que puedan recibir donativos deducibles. Esto es la generalidad, de la parte gubernamental”, comentó.

Asimismo, refirió que estos donativos no tienen que ser sólo al gobierno, pues también se pueden realizar donaciones a las donatarias autorizadas. “Para que usted sepa qué es una donataria autorizada, esto se puede encontrar a través de la página del SAT, en donde hay un listado de cuáles son las donatarias autorizadas”.

De acuerdo con el último reporte de donatarias 2016, existen 8,678 organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles en la república Mexicana. Recuerde que éstas están obligadas a emitir factura electrónica.

Por otra parte, recordó que a pesar de que existe un artículo que menciona que no son deducibles los donativos y gastos de representación para personas físicas, sin embargo, en la propia ley “hay un artículo que habla de todos los requisitos que deben cumplir al momento de presentar su declaración anual, o sea, deducciones personales”.

Para la experta del Colegio de Contadores Públicos de México, sin duda podríamos hacer un esfuerzo para que, por decreto presidencial, todos estos donativos tanto para el ejercicio del 2017 y el 2018 no se tenga ningún límite de deducibilidad siempre que dicho donativo sea entregado en dinero o en especie a las donatarias de acuerdo con la LISR y todas las reglas que vaya emitiendo el SAT.

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