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Actualización SAT Preguntas Frecuentes Carta Porte

Consulta aquí la nueva versión completa de preguntas y respuestas sobre el complemento “carta porte», publicada el 1 de julio de 2021.

Conoce algunas de las preguntas actualizadas:

Soy una empresa dedicada al transporte de bienes o mercancías, ¿es necesario expedir el CFDI de tipo ingreso con el complemento “Carta Porte”, para estar en posibilidad de acreditar el traslado de las mercancías o bienes en territorio nacional?

Sí, ya que únicamente con la representación impresa o en formato digital de un CFDI de tipo ingreso al que se le incorpore el complemento “Carta Porte”, podrás acreditar la tenencia y el traslado de las mercancías.

Si funjo como intermediario, o bien, como agente de transporte en un traslado de bienes o mercancías, ¿es necesario emitir un CFDI de tipo ingreso con el complemento “Carta Porte”?

No, en este caso se debe emitir un CFDI de tipo traslado con el complemento “Carta Porte”.

¿En qué momento debo emitir un CFDI de tipo ingreso y en qué momento uno de tipo traslado con el complemento “Carta Porte”?

El CFDI de tipo ingreso con complemento “Carta Porte” debe emitirse de manera previa a que se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías por cualquier medio de transporte, ya sea por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial. Mientras que el CFDI de traslado con complemento “Carta Porte”, debe emitirse previo a iniciar el traslado de las mercancías o bienes.

Cuándo se utilicen diversos medios de transporte ¿estos se deben registrar en el mismo comprobante?

Si, ya que el complemento “Carta Porte”, está diseñado para registrar tantos medios de transporte se utilicen para el traslado de mercancías.

Si contrato los servicios de transporte para trasladar mis mercancías y el CFDI que me expide el transportista no contiene el complemento “Carta Porte”, ¿puedo deducir el servicio de transporte contratado?

A partir del 30 de septiembre de 2021, no podrán deducirse los servicios de transporte de bienes o mercancías con un CFDI de tipo ingreso sin complemento “Carta Porte”, por no cumplir con los requisitos de deducibilidad de los comprobantes fiscales.

Conoce las modificaciones para la solicitud y renovación de contraseñas en el SAT

Es importante contar con tu firma activa para actualizar o renovar tu contraseña. Anteriormente solo se necesitaba un correo electrónico.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

Persona física

  • Ingresa aquí Persona Física
  • Ingresar la contraseña actual o datos de la e. firma, la contraseña de la clave privada, clave privada (archivo con terminación .key) y el certificado (archivo con la terminación .cer).
  • La nueva contraseña debe tener 8 caracteres
  • Confirmar tu contraseña
  • Descargar y guardar tu comprobante

Persona moral

  • Ingresa aquí Persona Moral
  • Selecciona el botón iniciar
  • Ingresa y confirma tu RFC
  • Da clic en continuar

Cuando es la primera vez que estableces tu contraseña:

  • Registra la información solicitada
  • Genera tu Contraseña
  • Confirma
  • Establece un correo electrónico
  • Ingresa los datos de tu e.firma, Contraseña de la clave privada, clave privada (archivo con terminación .key) y el certificado (archivo con terminación .cer)
  • Da clic en Firmar
  • En la siguiente pantalla da clic en Aceptar
  • Descarga o imprime tu comprobante de generación de Contraseña

Cambios en los catálogos del SAT

El 22 de junio, se publicaron actualizaciones en los catálogos del CFDI:

c_NumPedimentoAduana

Se incorporan 10 patentes que entran en vigor el 25 de junio de 2021, y son las siguientes:

c_PatenteAduanal

Las patentes aduanales adicionadas al catálogo de patentes aduanales son: