De acuerdo a la Miscelánea Fiscal 2021 en la regla 2.7.5.7., dice que se permite corregir hasta el mes de febrero los CFDIs de nómina que tengan errores u omisiones. No olvides que debes cancelar los comprobantes sustituidos.
Frente a la crisis económica actual derivada de la emergencia sanitaria por COVID-19 las empresas y negocios han tenido dificultades para realizar los pagos de salarios, por esta razón el IMSS pone a disposición de los patrones IMSS CONVENIO SIMPLIFICADO.
¿Qué es el Convenio Simplificado?
Es el instrumento por el cual podrás realizar el trámite de los pagos de tus obligaciones fiscales (seguros IMSS) en parcialidades, así como el pago inicial haciendo uso de la banca electrónica, de esta forma no tendrás la necesidad de acudir a la Subdelegación en estos momentos de contingencia.
Requisitos
Ten a la mano los siguientes documentos en forma electrónica, esto significa: escaneados, legibles y con un nombre de archivo que los haga identificables.
Tarjeta de identificación patronal.
Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional).
Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio).
Poder notarial del representante legal (únicamente la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).
Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo.
Pasos a seguir
Ten a la mano tu número de Registro Patronal y tu Autodeterminación.
Para realizar un nuevo trámite de convenio
Ingresa a la Página de solicitud de Convenio
Ten a la mano tu e.firma
Seguir los pasos para acceder a la página
Sigue los sencillos pasos para generar la solicitud del convenio.
Para solicitar ficha de pago de una parcialidad de un convenio que fue realizado anterior a 1 de julio del 2020
Envía un correo electrónico a convenio.orienta@imss.gob.mx, como asunto envía «Pago en parcialidades simplificado» indicando el numero de registro patronal y el periodo del cual está solicitando la ficha de pago de la parcialidad
Se te remitirá vía correo electrónico el formato de pago
Una vez efectuado el pago en línea, envía el comprobante al correo electrónico a convenios.pago@imss.gob.mx
Este pago se considerará espontáneo por lo que no generará multa, en términos del Artículo 304 C
Nota:Una vez que el IMSS haya revisado la información remitida y esta sea satisfactoria, deberás cubrir el 20% de la cuota patronal y el 100% de la cuota obrera.
Esquema del convenio
Cuando tu convenio ya sea aprobado, podrás elegir cualquiera de las siguientes plazos* para la realización de tus pagos:
PLAZO DE DIFERIMIENTO
INTERÉS MENSUAL[1]
Hasta 12 meses
1.26%
De 13 a 24 meses
1.53%
De 25 a 48 meses
1.82%
[1] Tasa prevista en el artículo 8 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021.
IDC ONLINE. Se recordará que en enero de 2021 el SAT dio a conocer en su portal la versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2020 y que solamente contemplaba la adición de las reglas 3.3.21. –Autorización para la importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el COVID-19)– y 3.4.10. –Despacho aduanero de mercancías que serán importadas de manera definitiva a la Región Fronteriza de Chetumal, así como su reexpedición al resto del territorio nacional–.
Pues bien, esa versión ya fue actualizada y trae una novedad para los importadores a quienes les sea retenida la mercancía en los términos del artículo 158 de la Ley aduanera, por el incumplimiento del etiquetado comercial establecido por la Secretaría de Economía (SE).
Con esto, los infractores podrán optar por que la retención de las mercancías sea en el domicilio declarado en el pedimento, siempre que cumplan con lo dispuesto en la ficha de trámite 148/LA del Anexo 1-A de las RGCE, en cuyo caso, la autoridad nombrará depositario de las mercancías al infractor en términos del artículo 153 del CFF, el cual deberá mantenerlas en ese domicilio, sin enajenarlas mientras dure la depositaría.
Ello se establecerá en la regla 3.7.20., que se reformará para dichos efectos y se incluirá en la Cuarta Resolución de modificaciones; cuya versión anticipada se encuentra en el portal del SAT.
Si requieres hacer trámites presenciales en el SAT, a partir del lunes 15 de febrero el horario de atención será de lunes a jueves de 9:00 a 16:00 horas y los viernes de 9:00 a 15:00 horas, independientemente del semáforo epidemiológico de las entidades.