SAT “El plazo de los 10 días para que se expida la factura de recepción de pagos aplica también al término del ejercicio fiscal, por ejemplo, si el pago se recibe el 31 de diciembre del 2017, se tiene hasta el 10 de enero del 2018 para emitir la factura de recepción de pagos, aunque el comprobante tenga fecha de emisión del año 2018, dentro del complemento en el campo “FechaPago” se especifica la fecha en que efectivamente se recibió el pago.”

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