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Buzón tributario debe contar con dos medios de contacto antes del 30 de abril
En la RMF para 2021 se estableció que los contribuyentes que solamente tengan un medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico, deberán adicionar el que les haga falta, a más tardar el 30 de abril de 2021. [Artículo Transitorio Cuadragésimo Sexto de la RMF para 2021].
¿Qué pasa si no se registran medios de contacto válidos en el buzón tributario?
En caso de que los contribuyentes no habiliten el buzón tributario, no registren o mantengan actualizados los medios de contacto, se les impondrá una multa de entre 3,080 y 9,250 pesos. [CFF 86-C y 86-D].

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