• Si formas parte del régimen de sueldos y salarios.
  • En caso de recibir ingresos de dos patrones.
  • Si recibiste ingresos anuales superiores a 400 mil pesos.
  • Si recibiste ingresos por liquidación, indemnización, pensión o jubilación.
  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31de diciembre.
  • En caso de tener ingresos extras.

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